Luego de estudiar el caso de una relación impropia denunciada en un colegio de la zona norte, la Defensoría de los Habitantes concluyó que existen debilidades en el protocolo del Ministerio de Educación Pública (MEP) para atender este tipo de situaciones
De acuerdo con la Defensoría, un adulto acudió a finales del 2017 al MEP para informar sobre un supuesto vínculo entre un docente y una alumna. Sin embargo, afirma, el Ministerio archivó el caso en enero 2018 sin haber realizado una investigación exhaustiva.
“Toman la decisión de archivar el asunto, no se logra una investigación real y prefieren archivar el caso. Es una muestra más de que el procedimiento no es garante y que se están quedando muchos casos sin ser debidamente sancionados”, aseveó la entidad.
El artículo 159, de la Ley 9406 sobre relaciones impropias impone penas de 2 a 10 años de cárcel a quien mantenga relaciones sexuales con personas menores de edad. La severidad de la pena aumenta conforme mayor sea la diferencia entre la edad de la víctima y el victimario.
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Según el Departamento de Gestión Disciplinaria del MEP, durante el año 2017 se tramitaron cuatro causas disciplinarias por relaciones impropias, de las cuales tres fueron archivadas y una concluyó con un cese sin responsabilidad patronal.
Mientras tanto, en el 2018 se iniciaron ocho causas; en dos se ellas se dictaron absolutorias y otras dos fueron archivadas.
Por otra parte, un caso aún sigue en trámite, en otro se dictó un cese laboral sin respons abilidad patronal, otra concluyó con una gestión de despido ante Servicio Civil y una más tiene un procedimiento administrativo disciplinario suspendido.
Según el ente defensor, el procedimiento administrativo del MEP no solo es lento y tardío, sino que también genera una sensación de impunidad y de revictimización. Debido a lo anterior, urgió a dicha cartera a reforzar el sistema de atención de denuncias.
“Para este ente defensor el MEP debe, en sede disciplinaria y una vez iniciada la causa, realizar un análisis pormenorizado con el fin de adoptar las medidas cautelares urgentes, necesarias y pertinentes que permitan proteger a las partes denunciantes o a las víctimas en aquellos casos en que exista riesgo para la integridad física, psicológica, emocional o sexual de personas menores de edad de las personas denunciantes”, indicó.
Por otra parte, solicitó a las autoridades continuar, y reforzar los módulos de capacitación y sensibilización sobre la Ley 9406 (“Fortalecimiento de la protección legal de las niñas y las adolescentes mujeres ante situaciones de violencia de género asociadas a relaciones abusivas); además de los derechos de los menores a una vida sin violencia.
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“El Estado costarricense, la institucionalidad, la sociedad, y en este caso, la comunidad educativa debe denunciar las situaciones de relaciones impropias, y particularmente, se debe desnaturalizar dichas relaciones, dado que situaciones que se toleraron y hasta fueron válidas ayer, hoy son absolutamente inaceptables y demandan respuestas inmediatas y ejemplarizantes”, manifestó la defensora de los Habitantes, Catalina Crespo.