El Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) modificó los requisitos para la inscripción de las compañías en el registro de micro, pequeñas y medianas empresas (pymes).
Solo será necesario realizar la declaración jurada, sin necesidad de adjuntar otros documentos como la última declaración del impuesto sobre la renta y el recibo del pago de la póliza de riesgos de trabajo, informó la entidad en un comunicado.
Adicionalmente, el MEIC modificó la definición de pyme para las empresas del sector turismo, comercio y servicio, pues ahora lo serán aquellas compañías con 100 empleados, en vez de 30.
Victoria Hernández, ministra de Economía, explicó que la inscripción se efectuará de manera digital en el sitio www.siec.go.cr, se tiene que descargar el formulario y llenarlo.
“Para facilitar su vida, instauramos el mecanismo de declaración jurada. Significa que si tiene los requisitos, descarga la declaración, da constancia y fe de que los está cumpliendo y a partir de ese momento se puede dar por inscrito”, explicó la jerarca.
En el proceso de registro el sistema le pedirá al usuario que adjunte los comprobantes de los requisitos adicionales, para lo cual deberá adjuntar un documento en blanco, caso contrario el sistema no le dejará continuar.
Si el empresario requiere una renovación del registro, debe realizar el mismo proceso y en caso de contar con firma digital, puede hacerlo en MEIC Directo: https://meicdirecto.bccr.fi.cr/sitio/MEICDirecto/Inicio.
La verificación de la condición pyme se realizará de manera posterior y estará a cargo de la Dirección General de la Pequeña y Mediana Empresa (Digepyme) y no de la persona que efectúa el trámite.
En caso de que se confirme algún incumplimiento de los requisitos que dieron origen al otorgamiento de la condición pyme; el MEIC procederá con la revocatoria con el cumplimiento del debido proceso.
Los cambios efectuados se hicieron en el marco del decreto ejecutivo Nº 41795-MP-MEIC, firmado el pasado 14 de mayo, que simplifican 119 trámites en instituciones públicas, entre los que se encuentran la inscripción de las pymes.
El Registro Pyme permite a las empresas, que cumplen con dichas características, obtener condiciones favorables de financiamiento en la banca pública y el Sistema de Banca para el Desarrollo.
Además cuentan con la opción de obtener una participación mínima en las compras o contratación de servicios por parte de las instituciones públicas, según la Ley de Fortalecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas.
Nueva fórmula
Por otra parte, el Ministerio de Economía actualizó las variables de cálculo para considerar a una empresa como pyme.
La principal modificación es que ahora las pymes de turismo, comercio y servicio serán aquellas con 100 trabajadores, en vez de 30 como ocurría anteriormente.
“Hemos hecho ajustes en la fórmula pyme de manera que le dimos cabida a que más pymes puedan entrar en esta condición aún teniendo hasta un tope de 100 empleados”, contó Hernández.
La funcionaria destacó que el cambio se hizo para para lograr mayor impacto en la reactivación económica, debido a la emergencia provocada por el covid-19.