En La Gaceta No. 186, del martes 9 de octubre del 2018, se publicó la ley No. 9587, denominada “Autorización para la Condonación Tributaria en el Régimen Municipal”.
La normativa autoriza a todas las municipalidades del país, para que, por única vez, otorguen a los sujetos pasivos la condonación total del pago de los recargos, los intereses y las multas que adeuden a la municipalidad por concepto de impuestos, tasas, servicios municipales y por el impuesto sobre bienes inmuebles, hasta el cierre del trimestre inmediato anterior a la entrada en vigencia de esta ley. Esto significa, que de todos los tributos adeudados, se podría pagar solamente el capital.
Esta autorización solo podrá ser efectiva si el contribuyente o el deudor cancela la totalidad de ese principal adeudado durante el período de vigencia de la condonación, el cual no podrá exceder de seis meses. Para tales efectos, cada municipalidad podrá ofrecer a sus contribuyentes facilidades de pago dentro de marco legal aplicable.
Entonces, todas las municipalidades del país podrán disponer de un plan de condonación, de conformidad con los parámetros dispuestos por esta ley de vigencia temporal. La implementación de esto será por acuerdo municipal y únicamente dentro de los tres meses posteriores a la entrada en vigencia de este cuerpo normativo (el límite para el acuerdo municipal sería el 9 de enero del año 2019).
Cada concejo municipal, de conformidad con sus condiciones particulares, decidirá si se acoge a lo preceptuado en esta ley definirá el plazo por el cual regirá la condonación, sin que dicho plazo exceda de seis meses, contado a partir de la firmeza del acuerdo municipal mediante el cual se apruebe el respectivo plan de condonación.
Y para lograr la mayor recaudación posible, las municipalidades que se acojan a esta ley procurarán realizar una adecuada campaña de divulgación, de tal forma que los sujetos pasivos se enteren de los alcances y los procedimientos de este beneficio.
Conviene entonces a los contribuyentes morosos, consultar en la municipalidad respectiva, si esta condonación se aplicará en su territorio, pues el ahorro que podría implicar sería el mejor incentivo para ponerse al día en todos los tributos municipales.