La Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef) dejó en evidencia vicios incurridos por los directivos del Banco Nacional de Costa Rica (BNCR), al intentar acaparar las juntas directivas de las subsidiarias de la institución.
En una opinión técnica, la Sugef determinó que los directores incumplieron el Código de Gobierno Corporativo del BNCR, aprobado por ellos mismos, al nombrar más de dos directivos en las sociedades anónimas del banco estatal.
Así se expresa en el documento SGF-DAJ-018-2016, del 26 de abril del 2016, que la Superintendencia envió al Consejo de Gobierno como parte de un procedimiento administrativo que el Poder Ejecutivo tiene abierto en contra seis directivos del Banco Nacional.
El oficio se hizo público hasta este 10 de febrero, dentro del fallo 2017-001937 de la Sala IV que declaró sin lugar un recurso de amparo de los directivos Ana Isabel Solano Brenes, Jorge L. Méndez Zamora, Luis E. Pal Hegedus y Víctor Hugo Carranza Salazar, del cual tiene copia La Nación .
Ellos cuestionaban la investigación abierta por el Poder Ejecutivo en su contra.
Con esta resolución, el tribunal constitucional dio luz verde al Gobierno para continuar la pesquisa.
Los magistrados respaldaron el argumento de la Sugef de que el Código de Gobierno Corporativo debe ser considerado como regulación interna y su acatamiento es obligatorio por los directivos.
La Superintendencia también argumentó que es el Poder Ejecutivo, en su condición de propietario del banco estatal, el que debe valorar si el incumplimiento de una norma de rango prudencial (Código de Gobierno Corporativo), podría provocar algún tipo de sanción disciplinaria.
“El Gobierno es el responsable de valorar, respetando el debido proceso, las medidas disciplinarias que considere conveniente, en relación con las actuaciones de los directivos nombrados por este, a partir de las conclusiones a las que arribe el procedimiento administrativo disciplinario”, recalcó ayer Javier Cascante, jerarca de la Superintendencia.
El Consejo de Gobierno tiene abiertos dos procesos contra directivos del Nacional. El primero se inició el 1. ° de marzo del 2016, mientras que el segundo fue el 6 de setiembre, luego de que la Procuraduría de la Ética presentara un informe sobre la actuación de la junta.
Pese a las investigaciones, Solano Brenes, Méndez Zamora, Pal Hegedus y Carranza Salazar defendieron, ante la Sala IV, la autodesignación en las directivas de BN Valores, BN Sociedad Administradora de Fondos de Inversión y BN Sociedad Corredora de Seguros.
Para los directores estas designaciones son “usuales en el Sistema Bancario Nacional”.
En enero del 2016, los cuatro directivos aprobaron modificar la composición de las juntas de las sociedades anónimas del BNCR, pero renunciaron a los cargos dos meses después.
Si la decisión se hubiera ratificado cada uno iba a recibir ¢202.800 por acudir a la sesión de junta de las subsidiarias.
Argumentos. Para el directivo Jorge Méndez la declaración sin lugar del amparo por parte de la Sala IV, no es negativo para los intereses de él y los otros tres miembros de Junta.
Añadió que, con base en el código corporativo, el Gobierno no puede sancionar a los directivos, pues así lo argumenta la Superintendencia.
“Hay muchos acuerdos en el Banco Nacional que son contrarios al Código de Gobierno Corporativo (...). El Código se ha interpretado como si fuera ley de la República”, dijo Méndez.
Sin embargo, la Sala IV determinó que el Consejo de Gobierno deberá determinar si hubo anomalías y sancionarlas con base en la Ley Orgánica del Sistema Financiero Nacional.
Los magistrados transcribieron los artículos 24 y 25 de la norma legal donde se dicta la forma de nombrar a los directivos de un banco estatal y en qué situaciones el Poder Ejecutivo puede remover a los funcionarios.
La Sala dejó claro que la decisión a tomar deberá hacerse siguiendo el debido proceso.